Responsabilidad Penal

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LEY 20.393

Desde diciembre del año 2009 está vigente la Ley 20.393 que determina la responsabilidad penal de las Personas Jurídicas frente a la comisión de delito, abandonándose así de modo radical el dogma tradicional que señala que "las sociedades no pueden delinquir".

Los delitos considerados en la ley son el lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y el cohecho activo o soborno tanto de empleados públicos nacionales como de funcionarios públicos extranjeros. No obstante, de ellos pueden derivar de modo indirecto otras figuras penales.

Las personas jurídicas serán responsables de los delitos que sean cometidos directa e inmediatamente en su interés o para su provecho, por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión, y también por personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa.

Cruz&Muñoz Abogados se ha especializado en la asesoría de empresas sobre la aplicación de la nueva ley 20.393 de "Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas" y está capacitada para diseñar e implementar Modelos de Prevención de Delitos en el marco de esta ley. Está facultada para certificar empresas que adopten modelos de prevención, siendo la primera oficina de abogados de la Región del Biobío en acreditarse ante la Superintendencia de Valores y Seguros.
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Entre las penas que contempla la ley está la disolución de la persona jurídica o cancelación de la personalidad jurídica; prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado; pérdida parcial o total de beneficios fiscales; multas y penas accesorias.

Las empresas podrán liberarse de responsabilidad cuando con anterioridad a la comisión del delito, hayan adoptado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos. Es así que la ley 20.393 contempla la implementación de "Modelos de Prevención de Delitos" y permite que las empresas sean certificadas. ​

Cruz&Muñoz Abogados garantiza que el Modelo se constituya en una herramienta útil para prevenir la comisión de delitos, sea eficaz y disuasivo, de modo que los deberes de control y organización pasen a formar parte de la cultura corporativa. La nueva normativa es una oportunidad para mejorar la organización, logrando prevenir no sólo el catálogo de delitos contemplados en la ley, sino que muchos otros, lo que evitará incurrir en cuantiosos gastos que puedan surgir de la responsabilidad civil extracontractual o bien de otras acciones que puedan afectar el patrimonio de la persona jurídica, implicar la responsabilidad civil de los accionistas o miembros del directorio de una sociedad.